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IVA Subvenciones Régimen Agrario
Según una consulta vinculante realizada a la Dirección General de Tributos:
"Aquellos agricultores acogidos al Régimen Especial de Agricultura, Ganadería y Pesca (REAGP), deberán incluir las ayudas recibidas conforme al Rto. (CE) nº 136/66 como mayor valor del precio de las operaciones de comercialización de sus productos que el agricultor percibe, de tal forma que las citadas ayudas, deben formar parte de la base de cálculo de las compensaciones del REAGP."