Abierto el plazo de presentación de solicitudes de ayudas a la implantación de sistemas de gestión de la calidad y mejora de la Trazabilidad
Les informamos que se ha abierto el plazo de solicitud de las ayudas para fomentar la implantación de sistemas de gestión de la calidad y mejora de la Trazabilidad en industrias agroalimentarias ( BOJA nº 59 del 26/03/2013 ), el plazo comienza el 26 de marzo y su duración es de dos meses.
Gastos Subvencionables
Serán subvencionables:
- Los gastos por contratación de consultores externos para la elaboración e implantación de procedimiento operativo de Calidad y/o la mejora de los sistemas de trazabilidad.
- Gastos derivados de la adquisición de equipos de control y registro y sus programas informáticos, para el control de calidad y/o la mejora del sistema de gestión de la trazabilidad.
- Gastos derivados de la Certificación del Sistema de Calidad.
- Implantación PROSURTRAZA.
- Quedan excluidos:
-La compra de equipos de segunda mano.
-La compra de material amortizable en un año y aquellas inversiones que figuren en la contabilidad como gastos.
-La mano de obra propia.
-El interés deudor, las cargas por transacciones financieras, las comisiones por cambio de divisas y las pérdidas así como otros gastos puramente financieros.
-Las multas, sanciones financieras y gastos de procedimientos legales.
-El impuesto del valor añadido (IVA) o cualquier otro tributo.
Los gastos subvencionables cumplirán lo establecido en la normativa comunitaria relativa a la ayuda al desarrollo rural.
Cuando el importe del gasto subvencionable supere la cuantía de 30.000 euros en el supuesto de ejecución de obra, o de 12.000 euros en el supuesto de suministro de bienes de equipo o prestación de servicios por empresas de consultoría o asistencia técnica, según lo previsto en el artículo 22.3 de la presente Orden.
Tipo y Cuantía de la Ayuda
Las subvenciones totales que se conceda no podrán superar el 50% de la inversión subvencionable, en el caso de microempresas, pequeñas y medianas empresas definidas en la Recomendación 2003/361/CE de la comisión, antes citada, y previstas en el apartado 1.2) del artículo 3 de la presente Orden. Para la empresas previstas en el apartado 1.b) del artículo 3 de la presente Orden, la intensidad máxima de ayuda se reducirá a la mitad.
Para su comodidad Prosur Informática puede encargarse de la preparación y tramitación de su expediente.
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